Inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (LORHUAA) y su Reglamento
Fecha: 12 de enero de 2022
Accionante: Carlos Pérez Guartambel, en calidad de presidente de la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador (“ECUARUNARI”); Lauro Sigcha Vele, en calidad de presidente de la Federación de Organizaciones Indígenas y Campesinas del Azuay; Tomás Morocho, en calidad de presidente de la Tukuy Cañar Ayllukunapa Tantanakuy (“TUCAYTA”); Patricio Sagñay, en calidad de presidente de la UCIA; y, Virgilio Ramón Quezada, en calidad de presidente de la Unión de Sistemas Comunitarios de Agua de Girón (“UNAGUA”).
Demandado: -
# de caso ante la Corte Institucional: Caso No. 45-15-IN/22
Tipo de Acción: Acción de inconstitucionalidad
Eje del Acuerdo de Escazú relacionado al caso: Acceso a la información en asuntos ambientales y participación en asuntos ambientales.
Hechos Sintetizados: La Corte Constitucional analiza la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (LORHUAA) y su Reglamento, determinando su inconstitucionalidad por la forma.
Tras el respectivo análisis constitucional, la Corte concluye que tanto la LORHUAA como su reglamento vulneran el artículo 57, numeral 17 de la Constitución, al no haber garantizado un proceso adecuado de consulta previa a los pueblos y nacionalidades indígenas en la formulación de esta normativa.
En consecuencia, se declara su inconstitucionalidad, reafirmando la importancia de respetar los derechos colectivos en la toma de decisiones sobre recursos naturales.